Requisitos entre otros: Estar en posesión del título de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o título de grado correspondiente.
Para el cuerpo de profesores de ESO: Estar en posesión de la formación pedagógica y didáctica a la que se refiere el artículo 100.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. Con carácter general, reunirán este requisito quienes estén en posesión del título oficial de Máster Universitario que habilite
para el ejercicio de las profesiones de Profesor de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional o Escuelas Oficiales de Idiomas.
Para el cuerpo de Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas:
Estar en posesión del título de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o título de grado correspondiente. Estar en posesión de la formación pedagógica y didáctica a la que se refiere el artículo 100.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. Con carácter general, reunirán
este requisito quienes estén en posesión del título oficial de Máster Universitario que habilite para el ejercicio de las profesiones de Profesor de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Escuelas Oficiales de Idiomas.
Para el cuerpo de profesores de música y artes escénicas:
Estar en posesión del título de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o título de grado correspondiente, o título Superior de Música equivalente a licenciatura o grado.
Para el ingreso en el Cuerpo de Profesores Especialistas en sectores singulares de Formación Profesional:
Estar en posesión de la titulación de Diplomado, Arquitecto Técnico, Ingeniero Técnico o el título de Grado, Licenciado o Licenciada, Ingeniero o Ingeniera y Arquitecto o Arquitecta, correspondiente u otros títulos de Técnico Superior de Formación Profesional declarados equivalentes, a efectos de docencia.
Bases de la convocatoria: https://boc.cantabria.es/boces/verAnuncioAction.do?idAnuBlob=387254