Curso de conducción carretillas elevadoras gratuito en la Fundación Laboral del Metal

Curso de conducción carretillas elevadoras gratuito en la Fundación Laboral del Metal.

Curso de 20 horas en modalidad presencial dirigido a Activos, ERTES y Desempleados. En horarios de tarde de 16.00 a 19.00 horas o 19.00 a 22.00 horas.

Objetivo: Adquirir las competencias y habilidades necesarias para la correcta conducción y
manejo de carretillas elevadoras con control de las cargas total y seguridad en la tarea.

Conducción de carretillas elevadoras - Fundacion Laboral del Metal

Información e inscripción en:

Conducción de carretillas elevadoras

 

 

Ampliación de las habilitaciones para la ejecución de la OEP y de los procesos de estabilización de empleo temporal..

Ampliación de las habilitaciones para la ejecución de la Oferta de Empleo Público y de los procesos de estabilización de empleo temporal.

En el Real Decreto-ley 23/2020, de 23 de junio, publicado en el Boletín Oficial del Estado, por el que se aprueban medidas en materia de energía y en otros ámbitos para la reactivación económica en el Artículo 11.


1.
Con carácter excepcional, la habilitación temporal para la ejecución de la Oferta de Empleo Público, o instrumento similar de las Administraciones Públicas y de los procesos de estabilización de empleo temporal previstos en el artículo 19.Uno.6 de la Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017 y en el artículo 19.Uno.9 de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, mediante la publicación de las correspondientes convocatorias de procesos selectivos regulada en el artículo 70.1 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, cuyo vencimiento se produzca en el ejercicio 2020, se entenderá prorrogada durante el ejercicio 2021.

2. Asimismo, se amplía hasta el 31 de diciembre de 2021 el plazo para aprobar y publicar en los respectivos Diarios Oficiales las ofertas de empleo público que articulen los procesos de estabilización de empleo temporal a los que se refiere el apartado anterior. En los demás extremos estos procesos se atendrán a los requisitos y condiciones establecidos en cada una de las citadas Leyes de Presupuestos, según corresponda

Las oficinas de la Seguridad Social reabre sus puertas desde hoy dia 25 junio.

El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones reabrirá al público el 25 de junio la mayor parte de las oficinas del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) y de la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS), con cita previa en el primer caso, que permanecían cerrados desde la declaración del estado de alarma por la pandemia de Covid-19.

Para acudir a una oficina del INSS será indispensable haber solicitado una cita previa, cuyo servicio se pondrá en funcionamiento también el 25 de junio. Asimismo, con el objetivo garantizar el cumplimiento de los protocolos de seguridad sanitaria, habrá límite de aforo y un mayor tiempo previsto de atención para cada visita.

El horario de atención presencial será, como antes del cierre, de 9.00 horas a 14.00 horas, de lunes a viernes. Para pedir cita previa en una oficina del INSS para solicitar una prestación, por ejemplo, hay que llamar a la línea de teléfono 901 106 570 o entrar en la web www.seg-social.es. En ambos canales se deberán aportar los datos obligatorios.

De inicio, se reabrirán únicamente los CAISS (Centros de Atención e Información de la Seguridad Social), ya que cuentan con las condiciones apropiadas para garantizar la seguridad sanitaria y posibilitan mantener la distancia debida.

Asistente Virtual y Atención telefónica:

En cualquier caso, la Seguridad Social ha reforzado en los últimos meses la atención mediante los canales telemáticos para que se puedan realizar la mayor parte de los trámites a través de la sede electrónica de la Seguridad Social o de la página web.

De hecho, durante la pandemia el INSS ha resuelto más de 250.000 prestaciones solicitadas por esta vía y en solo una semana ha recibido la demanda de más de 300.000 hogares del ingreso mínimo vital únicamente de forma telemática.

Durante este tiempo se ha puesto en marcha el asistente virtual de la Seguridad Social, ISSA, que permite a los ciudadanos consultar en línea las dudas que puedan plantear en materia de trámites y prestaciones.

Además, se va a potenciar la atención telefónica al público con el objetivo de facilitar los trámites a los ciudadanos y evitar desplazamientos innecesarios.

Por otra parte, la TGSS, mediante un único punto de atención al ciudadano, ‘Te Ayudamos’, situado en la página web y sede electrónica de la Seguridad Social, guiará a los usuarios para realizar sus gestiones de afiliación, cotización y pago de deuda, pudiendo ser asistidos a través de diversos canales por el personal funcionario.

En el caso de que sea necesario y no se haya podido realizar el trámite de manera telemática, se contactará con el ciudadano para concertar una cita en sus oficinas. Se trata de un servicio integral para atender las consultas y trámites de los ciudadanos.

Por su parte, el Instituto Social de la Marina (ISM) abrió sus oficinas el pasado 8 de junio.

Fuente: https://www.ifomo.es/articulo/espana/cantabria-seguridad-social-reabrira-atencion-presencial-oficinas-jueves/20200623183220147576.html

El Banco Santander contratará este año más de 500 profesionales digitales

El Banco Santander ha puesto en marcha un proyecto para incorporar a 500 profesionales durante el 2020 con distintos perfiles digitales.

Los perfiles digitales y tecnológicos a contrarar será para diferentes áreas: API, Cloud, Data y Product Management entre otros.

La página web irá actualizando los pérfiles a contratar:

https://betech.santanderglobaltech.com/be-tech-with-santander/

 

 

 

 

Documentación necesaria para solicitar el Ingreso Minimo Vital

El Ingreso Mínimo Vital se puede solicitar desde el 15 de junio de 2020. Además, quienes pidan la ayuda antes del 15 de septiembre la cobrarán tomando como referencia el 1 de junio.

La ayuda es para hogares, no por personas, por lo que será solo uno de los miembros adultos de la unidad de convivencia quien la solicite aunque se tengan en cuenta los ingresos de varios. Aquellos que cumplan los requisitos, podrán pedir la ayuda en la sede electrónica de la Seguridad Social

https://sede.seg-social.gob.es/

Lo más recomendable para solicitar la ayuda a través de la  sede electrónica de la Seguridad Social es hacer uso del certificado electrónico o cl@ve, pudiendo adjuntar también la documentación necesaria. Si algunos ciudadanos no disponen de ellos, se ha habilitado la opción de que otra persona actúe a modo de representante.

Para la solicitud sin certificado, existe la opción de utilizar el servicio habilitado por el INSS: 

https://sede.seg-social.gob.es/wps/portal/sede/sede/EmpresasyProfesionales/prestaciones

En esta modalidad de envío, se confirmará en pantalla el envío de los datos y el solicitante recibirá en el correo electrónico que proporcione una copia de lo que se envía a la Dirección Provincial que seleccione. Posteriormente, puede ser necesario que se contacte telefónicamente con el solicitante para acreditar su identidad, verificar los datos y documentación remitida o, en su caso, requerir documentación adicional.

Para resolver las dudas que puedan surgir a los ciudadanos durante el proceso de solicitud, la Seguridad Social ha habilitado el número de teléfono 900 20 22 22.

Para solicitar el Ingreso Mínimo Vital es necesario presentar los siguientes documentos:

Para acreditar la identidad: DNI, libro de familia, o certificado de nacimiento.

Para acreditar la residencia legal en España: inscripción en el registro central de extranjeros, tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión Europea o autorización de residencia.

Para acreditar el domicilio en España: certificado de empadronamiento.

Para acreditar la existencia de la unidad de convivencia: certificado de empadronamiento o libro de familia, certificado del registro civil, o inscripción en el registro de parejas de hecho.

Cómo se acreditan los ingresos y el patrimonio

No será necesario que los solicitantes acrediten los ingresos o el patrimonio del que disponen. Esta comprobación la hará de forma automática el Instituto Nacional de la Seguridad Social con la información de Hacienda (no es necesario haber hecho la Declaración del IRPF)

www.elmundo.es

El Servicio Cántabro de Empleo prolongará hasta el 30 de septiembre la renovación automática de las demandas de empleo

El Servicio Cántabro de Empleo (EMCAN) ha decidido prolongar la renovación automática de las demandas de empleo hasta el próximo 30 de septiembre, de tal forma que aquellas personas a las que tocase lo que coloquialmente se conoce como «sellar el paro» durante este periodo no tendrán que hacerlo. 

Será el personal del EMCAN quien lo realice de oficio y todos los demandantes de empleo afectados por esta medida recibirán en su móvil, el que tengan indicado en su demanda, un mensaje SMS de confirmación de que esta ha sido renovada.

Esta medida que ahora se prorroga ya se adoptó en marzo tras la declaración del estado de alarma como consecuencia de la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 con el objetivo de «facilitar la gestión, reducir el riesgo de contagio y evitar que pudiera haber personas que perdieran la prestación al caer de baja la demanda». 

En un comunicado, el Servicio Cántabro de Empleo ha informado de que las oficinas de empleo y prestaciones van a mantener la atención no presencial, que además se va a reforzar con la apertura de nuevos canales de comunicación. Cada una de las ocho oficinas de empleo que hay en Cantabria contará con una línea de WhatsApp a la que los usuarios podrán dirigir sus mensajes para realizar sus consultas. 

Aunque la mayoría de las gestiones ante el Servicio Cántabro de Empleo pueden realizarse por vía telemática y sin necesidad de acudir a una oficina de empleo, estas nuevas líneas de comunicación permitirán reforzar el dispositivo de atención no presencial, que ha sido muy bien valorado en las encuestas realizadas por los propios usuarios. 

Desde el 16 de abril, fecha en la que se estableció el sistema de medición de la atención no presencial de las Oficinas de Empleo de Cantabria, los empleados de este servicio han realizado 23.217 atenciones que generaron un total de 16.296 servicios, entre las que se encuentran 3.865 inscripciones nuevas, 5.215 modificaciones de datos en las demandas, 2.080 altas en la oficina electrónica, 8.498 consultas, 2.722 llamadas telefónicas, 1.268 sesiones de orientación profesional a distancia y 5.089 correos electrónicos individuales enviados.

Para el director del EMCAN, José Manuel Callejo, estas cifras «reflejan el extraordinario y arduo trabajo que han llevado a cabo los empleados públicos en este periodo de tiempo con el objetivo de resolver las dudas de los ciudadanos y ofrecer una atención personalizada».

Callejo ha lamentado que en los primeros días de la pandemia se produjo una saturación en las líneas telefónicas que impidió en algunos casos la comunicación de los usuarios, «pero en ningún caso es achacable al trabajo y la dedicación personal del EMCAN.»

Renovación automática

La renovación automática de las demandas de empleo afecta a todas las personas inscritas con anterioridad al 13 de marzo y también a aquellas que solicitaron la inscripción por email durante el estado de alarma y han recibido por email o en su domicilio el DARDE (Documento de Alta y Renovación de la Demanda de Empleo o ‘la tarjeta del paro’).

«Se trata de seguir simplificando los trámites para las personas desempleadas, que en muchas ocasiones tienen problemas para desplazarse, además de intentar evitar aglomeraciones, colas y esperas que pueden ser un foco de contagio de una enfermedad que pone en riesgo nuestra salud», ha explicado el director del EMCAN.

Ha recordado que para las personas afectadas por un ERTE la demanda de empleo está en situación de suspensión (ya sea el ERTE de suspensión de contrato o de reducción de jornada), por lo que la demanda no está sujeta a renovación.

Oficina electrónica

José Manuel Callejo ha destacado también el «importante papel» que ha jugado en estos meses la Oficina Electrónica del EMCAN, que ofrece a los usuarios acceso a la mayor parte de los servicios. A este respecto, ha indicado que, entre las 1.182 encuestas realizadas sobre el servicio, 1.072 usuarios valoraron el acceso como «sencillo» o «muy sencillo» y 1.021 su uso como «muy rápido» o «bastante rápido» e «intuitivo».

En la web del EMCAN -www.empleacantabria.es- está toda la información detallada para acceder a la Oficina Electrónica, así como los enlaces con los teléfonos fijos, buzones de correo electrónico y números para mensajes WhatsApp de cada una de las ocho oficinas de empleo que existen en Cantabria.

OFICINA DE EMPLEO

TELÉFONO

CORREO ELECTRÓNICO

MENSAJES WHATSAPP

Santander 1- Isaac Peral

942 23 46 02

942 23 45 04

942 23 92 08

oeisaacperal@cantabria.es

620841762

Santander 2- Los Castros

942 27 50 27

942 27 59 48

oeloscastros@cantabria.es

608 016 136

Torrelavega

942 89 33 08

oetorrelavega@cantabria.es

608732630

Camargo

942 25 13 21

oecamargo@cantabria.es

676962967

Colindres

942 67 43 90

942 65 14 96

oecolindres@cantabria.es

648 402 301

Castro Urdiales

942 86 03 97

oecastrourdiales@cantabria.es

689501571

San Vicente de la Barquera

942 71 00 01

oesvbarquera@cantabria.es

648951360

Reinosa

942 77 40 34

oereinosa@cantabria.es

 

 

696743057

 

16 Bolsas de empleo de personal funcionario y laboral en Castilla y León

 

16 bolsas de empleo de funcionarios interinos y de personal laboral temporal de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León y sus organismos autónomos.

Desde el 1 de Junio hasta el 18 de Junio se habilita la posibilidad de que los interersados puedan formalizar la inscripción en la aplicación informática.

Los interesados en formar parte de las bolsas de empleo deberán reunir los requisitos generales que se indican, así como los específicos que se determinen en las relaciones de puesto de trabajo para su desempeño y demás condiciones que se exigen a quienes desean formar parte de la bolsa de empleo y mantenerse mientras permanezcan inscritos en ella.

 

Información e inscripción en este enlace:

https://empleopublico.jcyl.es/web/es/empleo-publico/inscripcion-bolsas-empleo-temporal.html

Decreto donde se regula la selección de personal de las bolsas de empleo de  personal funcionario y laboral:

https://empleopublico.jcyl.es/web/jcyl/EmpleoPublico/es/Plantilla100Detalle/1284839233030/Normativa/1284818169852/Redaccion

Puedes consultar cualquier duda contactando con Atención al Ciudadano en los teléfonos 012 / 983 32 78 50 o bien dirigirse a la dirección de correo: informacion012@jcyl.es

Publicación de las bolsas de empleo en el Boletín Oficial de Castilla y León:

-Bolsa de empleo de Médicos Especialistas

-Bolsa de empleo del Cuerpo de Arquitectos

-Bolsa de empleo del Cuerpo de Arquitectos Técnicos y Aparejadores

-Bolsa de empleo del Cuerpo de Gestión

-Bolsa de empleo del Cuerpo de Gestión Económico-Financiera

-Bolsa de empleo del Cuerpo de Ingenieros Industriales

-Bolsa de empleo del Cuerpo de Ingenieros Superiores (Agrónomos)

-Bolsa de empleo del Cuerpo de Ingenieros Técnicos Agrícolas

-Bolsa de empleo del Cuerpo de Ingenieros Técnicos Industriales

-Bolsa de empleo del Cuerpo de Técnicos y Diplomados Especialistas, Escala de Ayudantes de Archivo

-Bolsa de empleo del Cuerpo Superior

-Bolsa de empleo del Cuerpo Superior de Administración Económico-Financiera

-Bolsa de empleo Profesor Centros de Formación Agraria

Personal Laboral

-Bolsa de empleo de Auxiliar de Biblioteca

-Bolsa de empleo de Cocinero

-Bolsa de empleo de Enfermero/a

-Bolsa de empleo de Oficial Pecuario

-Bolsa de empleo de Tractorista

Simulador Ingreso Minimo Vital y teléfono de información gratuito

 

La web de la Seguridad Social y la sede electrónica han puesto en marcha un simulador para que los ciudadanos puedan comprobar si cumplen los requisitos para percibir el Ingreso Mínimo Vital (IMV) y a cuánto ascendería esta nueva prestación.

https://ingreso-minimo-vital.seg-social-innova.es/simulador

El  simulador va guiando a los usuarios mediante una serie de sencillas cuestiones sobre su situación particular para determinar los supuestos que componen esta nueva prestación.

 

En este vídeo puede comprobar cómo funciona este simulador y las preguntas que deberá contestar para saber si tiene derecho a percibirlo.

Al concluir el formulario, este servicio ofrece una respuesta clara sobre si tiene derecho o no a percibirlo y la cuantía estimada que le correspondería.

No obstante, hay que recordar que este simulador solo tiene un valor informativo, no es vinculante ni constituye una solicitud propiamente dicha.

El derecho y la prestación correspondiente se reconocerá por parte del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), una vez se haga la solicitud por los cauces establecidos y se compruebe toda la documentación requerida.

Tanto la web como la sede electrónica de la Seguridad Social recuerdan además que se ha habilitado un teléfono de información gratuito en el 900 20 22 22 en horario de 09:00 a 14:30 horas.

Se ha creado además, en la web de la Seguridad Social, un apartado específico sobre el IMV con preguntas frecuentes en el apartado de consultas, al que puede acceder desde este enlace.

http://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/FAQ/48581/42b9f3e8-8eea-4106-864e-2b5bdad27269

Por último, también en la web, se ha habilitado una sección con información básica sobre esta nueva prestación en el asistente virtual diseñado para facilitar a los ciudadanos cualquier consulta relacionada con la Seguridad Social.

 

 

Publicado en el BOE el Real Decreto-ley que regula el ingreso mínimo vital

 


¿En qué consiste y quién lo puede solicitar?

El ingreso mínimo vital es una prestación para hogares de cualquier tamaño, también los unipersonales. En cada hogar habrá un titular que solicitará la prestación. Si el hogar está formado por una sola persona el titular tendrá entre 23 y 65 años y llevar al menos tres años constituido como hogar. Si el hogar tiene dos o más miembros, de manera general la edad del titular estará entre 23 y 65 años salvo en los casos en que se cuente con menores a cargo. Estos hogares deberán llevar constituidos al menos un año.

Para todos los tipos de hogar se requerirá al menos un año ininterrumpido de residencia legal y efectiva en España, excepto en las situaciones de violencia de género, trata y explotación sexual.

Para que le sea reconocida la prestación, el hogar debe tener unos ingresos totales inferiores a la renta garantizada para su tipo de unidad de convivencia. Además, para certificar que el Ingreso Mínimo Vital llegue a los hogares más vulnerables, se exigirá un patrimonio (descontando la vivienda habitual) inferior a 3 veces la renta garantizada anual para un hogar unipersonal, con una escala de incrementos por número de miembros en el hogar.

No computarán como ingresos los salarios sociales, rentas mínimas de inserción o ayudas análogas de asistencia social concedidas por las comunidades autónomas, y otros ingresos y rentas de acuerdo con lo previsto en el artículo 18 de esta disposición

Objetivos: Garantizar un nivel de ingresos mínimo a todos los hogares con independencia del lugar de residencia.
Incentivar la incorporación al mercado laboral de las personas en situación o riesgo de exclusión social, así como reducir el riesgo de cronificación de la pobreza, mediante incorporación de un complemento al empleo para las personas beneficiarias del ingreso mínimo vital, que se definirá en desarrollo reglamentario.
Fomentar la inclusión social de las personas en situación o riesgo de exclusión social.
Reducir la pobreza y promover una mayor redistribución de rentas.

¿Qué organismo se encarga de tramitarlo?

La competencia para el reconocimiento y el control de la prestación económica no contributiva, como parte de la acción protectora del sistema de la Seguridad Social, corresponde al Instituto Nacional de la Seguridad Social.

Mediante convenio se posibilita que comunidades autónomas y entidades locales puedan iniciar el expediente administrativo y realizar la posterior tramitación y gestión previas a la resolución del expediente.

¿Cómo y dónde se presenta la solicitud?

La solicitud se realizará en el modelo normalizado establecido al efecto, acompañada de la documentación necesaria para justificar el cumplimiento de los requisitos establecidos en este real decreto-ley y en sus normas de desarrollo.

Se podrá presentar a través de la sede electrónica de la Seguridad Social o a través de aquellos otros canales de comunicación telemática que el Instituto Nacional de la Seguridad Social tenga habilitados al efecto.
Podrá tener asesoramiento y colaboración solo con cita previa en los Centros de Atención e Información de la Seguridad Social.
Además, se permitirá el acceso a través de los ayuntamientos una vez se firmen los convenios previstos y en los Centros de Atención e Información de la Seguridad Social cuando retomen la atención al público. Para facilitar información a los posibles beneficiarios, se pondrá en marcha un teléfono 900 y un simulador en la página web de la Seguridad Social (empezará a estar operativo la semana que viene).

Régimen de compatibilidad del ingreso mínimo vital con el empleo: Se prevé el régimen de compatibilidad del ingreso mínimo vital con el empleo de forma que la percepción de esta prestación no desincentive la participación en el mercado laboral.

El ingreso mínimo vital, al ser compatible con los rendimientos del trabajo y estar acompañado de un mecanismo incentivador al empleo, así como de las obligaciones de los beneficiarios de participar en las estrategias de inclusión que promueva el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, y de figurar como demandantes de empleo en caso de no trabajar, brindará la oportunidad de incorporarse a la economía formal a personas y colectivos que tradicionalmente han venido trabajando fuera de este ámbito. La incorporación al trabajo formal y el disfrute de los beneficios sociales y económicos que esto supone actuará en muchos casos como barrera para la vuelta de estas personas a la economía informal, con los beneficios individuales y colectivos que ello comporta para la sociedad en su conjunto.

Duración de la prestación: El derecho a percibir la prestación económica del ingreso mínimo vital se mantendrá mientras subsistan los motivos que dieron lugar a su concesión y se cumplan los requisitos y obligaciones previstos en este real decreto-ley.La prestación se percibirá mensualmente y se cobrará en 12 pagas.

Plazo de solicitud: Se podrá solicitar a partir del 15 de junio, aunque, para las solicitudes presentadas en los tres primeros meses, se concederá con efectos retroactivos al 1 de junio. Además, durante el primer mes de vigencia de la prestación, se actuará de oficio para que se abone a unos 100.000 hogares que cumplen los requisitos, sin que sea necesario que la soliciten.
Cooperación entre las administraciones públicas

Cuantias:La ayuda del ingreso mínimo vital irá de los 462 a los 1.015 euros por hogar, una cuantía que depende de si se tiene a personas mayores o hijos a cargo, y de los ingresos declarados en 2019.

De este modo, la ayuda contempla un aumento de 139 euros por cada conviviente así como un suplemento de 100 euros al año para las familias monoparentales.

 

Provisión de plazas en las Fuerzas Armadas y de la Escala de Oficiales de la Guardia Civil

 

El Real Decreto 543/2020, de 26 de mayo, por el que se aprueba la provisión de plazas de las Fuerzas Armadas y de la Escala de Oficiales de la Guardia Civil para el año 2020,  de acuerdo con las previsiones establecidas por la Ley de la Carrera Militar y la Ley de Régimen de Personal de la Guardia Civil, permite alcanzar un nivel adecuado de ingresos en los centros de formación que aseguren el mantenimiento de las capacidades operativas de las Fuerza Armadas

Oferta de plazas

En total, se ofertan 1.857 plazas (792 de acceso directo y 1.065 de promoción interna), lo que supone un incremento total de 88 plazas con respecto a 2019.

Distribución de plazas

Este año se ofertan 792 plazas para ingreso directo como alumno en los centros docentes militares de formación, de las cuales 570 son para el acceso a las escalas de oficiales, 207 para acceder a las escalas de suboficiales y 15 para militar de complemento a las escalas de oficiales. La oferta supone un incremento de 43 plazas con respecto al año anterior.

Para promoción interna, se ofertan 1.065 plazas. El 57% del total de la oferta de plazas de 2020 es para promoción interna de militares de tropa y marinería, suboficiales y militares de complemento mientras que el 90,5% de la promoción interna (964 plazas) se reserva para que los militares de Tropa y Marinería puedan acceder a militares de carrera (escala de oficiales y suboficiales).

Además, el Real Decreto aprueba la oferta de 700 plazas (300 plazas más que en 2019) para que militares de tropa y marinería accedan a una relación de servicios de carácter permanente desde el compromiso temporal,  con previsión de aumentarlas en los próximos años.

 También se ofertan 72 plazas para que militares de complemento accedan a una relación de servicios de carácter permanente y se incluyen 200 para acceso a la condición de reservista voluntario (50 más que en 2019).

Cuerpo Militar de Sanidad

En lo que se refiere al Cuerpo Militar de Sanidad, la oferta total asciende a 117 plazas, de las cuales 65 son para medicina, (25 de ellas se ofertan para ingreso directo sin exigencia de titulación universitaria previa y 40 plazas de acceso directo con titulación), 33 para enfermería, 7 para farmacia, 5 para veterinaria, 2 odontología y 5 para psicología.

Escala de Oficiales del Cuerpo de la Guardia Civil

Finalmente, la provisión incluye 65 plazas de ingreso directo en los centros de formación para acceso a la Escala de Oficiales del Cuerpo de la Guardia Civil, la misma cifra que el año 2019.

Convocatoria: https://www.boe.es/boe/dias/2020/05/27/pdfs/BOE-A-2020-5322.pdf